Primer fallo en la Argentina sobre discriminación laboral a una mujer trans

Primer fallo en la Argentina sobre discriminación laboral a una mujer trans

Es el primero en reconocer y penalizar el daño moral que ocasiona la discriminación derivada de la transfobia o transodio (Por Ana Flores Sorroche).

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de la Capital Federal confirmó el primer fallo en la Argentina sobre discriminación laboral a una mujer trans llevada a cabo por Telefónica de Argentina S. A. en su sector de call center, bajo el nombre Aegis Argentina S. A.

La trabajadora fue contratada por Aegis para cumplir las cumplir las funciones de telemarketer en la campaña «Pedí tu Speedy» para Telefónica, y se desempeñó en los distintos establecimientos de la primera. Realizaban venta de productos comercializados por la multinacional.

Su abogado Nahuel Altieri describe cómo la sometían a tratos vejatorios y discriminatorios tales como llamarla por su nombre masculino originario, incluso cuando ella ya había hecho el cambio de género en su DNI y ya había notificado a la empresa. Otro de los hechos discriminatorios era obligarla a ir al baño de hombres cuando su apariencia, vestimenta y su autopercepción eran la de una mujer. También era sometida a burlas y demás maltratos por parte de sus superiores inmediatos. Pero esto no era todo, la misma empresa se negaba a cambiar su nombre en los recibos de sueldo y en el sistema de gestión, cuando su DNI ya decía su nombre de mujer.

Asimismo, cuando se encontraba bajo tratamiento psiquiátrico (debido al maltrato sufrido), la obligaron a salir de su internación para firmar un acuerdo apócrifo con un abogado puesto por la compañía para terminar el vínculo laboral. El fallo afirma que «el acto celebrado entre la actora y Aegis, homologado por la autoridad competente, resultaba nulo y por ende no podía surtir los efectos legales pretendidos, y que en rigor de verdad se trató de un despido directo sin causa que la accionada intentó ocultar bajo su ropaje». La obligaron a firmar un supuesto acuerdo cuando ni siquiera contaba con un alta médica.

El fallo confirma lo sufrido: «En suma, por lo dicho hasta aquí y a la luz de lo expuesto por el Alto Tribunal en las causas supra referidas, encuentro cumplidos los presupuestos fácticos que justificaron enmarcar el despido dispuesto por Aegis Argentina S.A. como «discriminatorio» como así también los padecimientos vividos por la accionante, por lo que propiciaré mantener lo decidido en grado al respecto, lo que importa, va de suyo, confirmar el progreso de la indemnización por daño moral derivada de ello.»

Este caso no es una excepción. Desde la Agencia Presentes informan: «A nivel nacional, según datos de 2014, solo el 18% de las personas travestis y trans habían accedido a un trabajo formal. Además, al menos el 80% está o estuvo en situación de prostitución -como un destino al que conducen las distintas formas de exclusión, que culminan en un promedio de vida de 35 años-. Según datos del INDEC, 7 de cada 10 quiere otra fuente de ingresos.»

La discriminación contra la comunidad LGBT+ a la hora de buscar un empleo es aún peor contra las personas trans. No sólo se le suele negar el empleo a una persona trans, también ocurre que aquellas personas que consiguen trabajo están expuestas a ser hostigadas por compañeros o superiores, y con el tiempo son forzadas a renunciar o son despedidas, como en este caso.  Es por esto que se lucha para que se apruebe una ley de Cupo Trans en todo el territorio argentino que establezca al Estado «la obligatoriedad de ocupar en una proporción no inferior al 1% de su personal a personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo y establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en el empleo público» y que esta ley se reglamente y se aplique efectivamente.

En esa línea, este fallo es el primero, ojalá de todos los que hagan falta, para favorecer la integración laboral de las personas trans.

 

Fuente: http://infogremiales.com.ar/noticia.php?n=58743

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